
Foto: Mario Zapata / El Comercio
Por: Redacción Pulso Regional
Este jueves 25, el pleno del Congreso aprobó con 106 votos a favor el dictamen de la Comisión de Constitución del Parlamento que propone la paridad y alternancia en las listas de candidatos a cargos de elección popular
Este dictamen modifica los artículos 20, 21 y 116 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859).
De acuerdo con el dictamen aprobado, se aplicará de manera progresiva la participación de mujeres en las elecciones generales. En los comicios del 2021, la cuota será de 40%; el 2026, de 45%; y de 50% para las elecciones del 2031.
Por lo menos 40% de mujeres
En las elecciones internas o primarias, los candidatos postularán de forma individual y el conjunto de candidatos estará integrado por no menos del 40% de mujeres o de hombres, ubicados de forma intercalada.
Además, el resultado de las elecciones internas o primarias se ordenará también respetando la cuota mínima de género. Es decir, los candidatos que obtengan la mayor votación ocupan los primeros lugares, pero una vez cubierta la cantidad máxima de candidatos de un mismo sexo se continuará con el candidato del sexo opuesto que se requiera para cumplir con la cuota mínima.
De igual modo, en la lista al Congreso para las elecciones generales se considerarán los resultados de la democracia interna y se ubicarán los candidatos en forma intercalada: una mujer, un hombre; o un hombre, una mujer.
De acuerdo al dictamen aprobado, el modificado Artículo 20 ahora precisa que para acceder al procedimiento de distribución de escaños del Congreso se requiere por lo menos cinco representantes al Congreso en más de una circunscripción y al menos 5% de los votos válidos a nivel nacional en la elección del Congreso. Se dice además que cada alianza exige un 1% adicional por cada partido que integra esta alianza.
En el Artículo 21, según la modificación, se plantea que para la elección de los congresistas el territorio de la República se divide en circunscripciones electorales. Una por cada departamento.
Indica además que el JNE asigna a cada circunscripción electoral un escaño y distribuye los restantes en forma proporcional al número de electores.
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