
Por: José Bayardo Chata – Derechos Humanos y Medio Ambiente – Puno
Foto: Ojo Público
La Primera Fiscalía Corporativa Penal de Puno ha desplegado esfuerzos para que el ex vocero aymara, Walter Aduviri, sea declarado culpable del delito de disturbios. Y así lo ha conseguido. Pero ahora toca ver si los medios probatorios en los que versa la sentencia dictada el 26 de agosto último son suficientes para que ordenara la prisión efectiva por seis años y el pago de la reparación civil de dos millones de soles por parte del Gobernador Regional de Puno.
Para empezar, el Colegiado reconoce que el denominado Frente de Defensa de los Recursos Naturales de la Zona Sur de Puno nunca existió legalmente puesto que no existe medio probatorio que la reconozca como tal; sin embargo, indica que sí “existió de hecho” ya que sus miembros directivos se presentaban como tales en las distintas reuniones y cada que suscribían y remitían documentos a las distintas instancias. Y por su lado, Walter Aduviri se auto identificaba como presidente de este Frente en todos los espacios en el contexto de la protesta.
Las declaraciones de hombres de prensa de los medios de comunicación escrita y televisiva que cubrieron el “Aymarazo” y que actuaron como testigos en este proceso penal, dieron cuenta que el frente era mencionado reiteradamente y que Aduviri se presentaba como presidente en las entrevistas y declaraciones públicas.
Ambos elementos dieron certeza al colegiado que Aduviri fue quien convocó la “huelga antiminera” y era líder del dicho movimiento social.
Pese a que la Policía Nacional y el Ministerio Público son instituciones destinadas a la investigación del delito y a su persecución, la Fiscalía ha tenido que recurrir en gran medida a la recolección de información periodística para fundar su acusación y atribuir responsabilidad de los desmanes ocurridos durante el desarrollo de la protesta aymara.
Resulta cuestionable la labor probatoria de la fiscalía, pero más que el colegiado haya valorado y tomas una decisión condenatoria a partir del trabajo de periódicos y vídeos de programas televisivos de noticias.
Asimismo, la reflexión también se extiende a la responsabilidad que recae en los profesionales de la comunicación social ya que, estamos viendo, su labor periodística puede ser utilizada como medio de prueba para condenar penalmente a una persona.
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