
Acusado de corrupción, deberá pagar caución económica por la suma de S/ 20 000.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Emergencia aprobó el pedido de Licona y cambió la orden de prisión preventiva que cumplía por comparecencia con restricciones. Licona cumplía una orden de prisión preventiva desde el 6 de julio de 2019 por delitos de colusión, peculado y otros.
El abogado de Licona, Armstrong Velarde, había pedido que la cárcel sea sustituida por comparecencia con restricciones en salvaguarde de su salud ante el avance del COVID-19. La medida fue aceptada.
El órgano jurisdiccional impuso que el investigado cumpla con las siguientes reglas de conducta: prohibición de comunicación con sus coprocesados por este delito y otras personas que estén vinculados con la presente investigación en forma personal o por intermedio de terceros o a través de cualquier forma o medio tecnológico, entre otros.
Asimismo, deberá pagar caución económica por la suma de S/ 20 000 y depositar al Banco de la Nación a nombre del juzgado ejecutor, en el término de 10 días de notificada la resolución.
Ordenaron además que previa a su excarcelación y atendiendo las medidas sanitarias vigentes en el país, deberá practicársele la prueba de descarte de COVID-19 por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
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