
La anterior gestión de la Municipalidad de San Jerónimo, según Contraloría, y una empresa contratista suscribieron una suspensión de plazo de ejecución injustificada, debido a que no sustentaron hechos y efectos reales por lluvias.
La Contraloría identificó en la Municipalidad Distrital de San Jerónimo un perjuicio de 115 mil 800 soles por la suscripción y ejecución del contrato de la obra de mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal de la Asociación Pro Vivienda Altiva Canas.
El postor ganador no había acreditado la experiencia profesional solicitada, como lo señala el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Por ende, se determinó la presunta responsabilidad civil y administrativa en cuatro ex funcionarios.
Según detalló el informe de control específico 002-2022, entre el 24 de noviembre de 2020 y el 2 de marzo de 2021, funcionarios de la municipalidad no realizaron la verificación de la capacidad profesional para la suscripción del contrato de la obra vial en el distrito de San Jerónimo. Además, el postor ganador tampoco acreditó la experiencia profesional del personal clave propuesto para la obra.
La comisión de control identificó, también, que, durante la ejecución de la obra, la entidad y el contratista suscribieron una suspensión de plazo de ejecución por 68 días injustificado, debido a que no sustentaron los hechos que habrían generado dicha paralización (lluvias), no siendo determinantes para afectar la continuidad de la ejecución de la obra.
Dentro del expediente técnico de la obra vial en el distrito de San Jerónimo se contempló el riesgo de paralización, horas perdidas, sanciones, en el cual se hace referencia a las lluvias. Todo esto evidencia que el acontecimiento de precipitaciones pluviales era totalmente previsible, pudiendo el contratista realizar acciones para mitigar el riesgo.
Además, el residente de obra no permaneció 60 días en el cargo conforme lo señala la Ley de Contrataciones del Estado, debido a que el contratista solicitó cambio del personal clave por motivos de salud. Este hecho no era justificación real, porque el profesional se encontraba laborando en otro proyecto, en el periodo en el cual estaba obligado a permanecer en obra.
El informe de control, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, fue comunicado a la entidad para el inicio de las acciones penales y administrativas.
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